Suplantar la identidad de una persona en internet podría ser castigado con una pena de 18 meses de prisión a ocho años de penitenciaría y con una multa de 160 a 3.200 unidades reajustables. Este nuevo delito está comprendido en el proyecto de ley de delitos informáticos que envió el Poder Ejecutivo al Parlamento.
Otros delitos que introduce son el “acceso no autorizado” a sistemas informáticos, “daño informático” (el que en forma no autorizada dañe, borre, altere, deteriore o suprima datos o sistemas informáticos, o inutilice, obstaculice, distorsione el funcionamiento de esto), “estafa informática” (el que se valiere de cualquier manipulación engañosa de sistemas informáticos para procurarse un provecho injusto en daño de otro), y abuso de datos personales (el que a través de medios engañosos, abusivos o extorsivos efectúe cualquier tipo de tratamiento de datos personales).
Las penas van de los tres años de penitenciaría (por el delito de acceso no autorizado) a ocho años por el delito de suplantación de identidad. Todos los delitos se castigan con una multa que va de los 160 a las 3.200 unidades reajustables.
En la exposición de motivos el gobierno explica que “es necesaria la tipificación, en forma rápida, de las figuras que se describen” a pesar de que el proyecto de reforma del Código Penal incluye delitos informáticos.
Documentos adjuntos:
Proyecto de ley de delitos informáticos.
Fuente