Con la regla del 7 de los radares, te puedes librar de una multa
Las reglas de circulación establecen una velocidad máxima según la zona o el tipo de carretera, a partir de la cual pueden multarte si la superas. Pero la realidad es que si en un tramo de 50 Kilómetros por hora circulas a 52, 53, incluso a 56 Km/h, el radar no te va a multar. Y si lo hace puedes reclamar, y podrían anularte la multa. Esto se debe a la regla del 7 de los radares móviles, que está relacionada con los márgenes de error de los radares.
Un radar utiliza un cinemómetro para medir la velocidad de otro objeto, en relación a la suya. Estos cinemómetros emiten una onda que se propaga a través del aire. Pero las leyes de la física nos dicen que la velocidad de propagación de dicha onda depende de la densidad del aire, que no siempre es igual. Si hay lluvia, nieve, niebla, si hay altas o bajas presiones, la densidad del aire cambia, y la onda también varía su velocidad. Esto significa que no medirá la misma velocidad en un día de calor que en otro de niebla.
Para evitar sanciones injustas (y reclamaciones), la DGT utiliza determinados márgenes de error que varían según el tipo de radar, e incluso cambian cada año,a medida que mejora la tecnología de estos dispositivos. Para tener en cuenta estos márgenes de error la más popular es la regla del 7 de los radares móviles, pero como vamos a ver, hay otras. ¿En que consisten?
La regla del 7 se aplica a los radares móviles, que están en movimiento. Nos dice que a un vehículo que circula a menos de 100 Km /h, se le aplica un margen de error de 7 Km/h. Esto significa que en un vía a 50 Km/h, no te multarán hasta que circules a 57 Km/h. Si la vía tiene una señal de 90, no te multarán hasta que superes los 97 Km/h.
Si superas los 100 Km/h, la regla cambia. En vez de sumar 7 Km/h adicionales, se suma el 7% de margen de error.
Por tanto con esta regla en mente, si te pasas unos pocos kilómetros del límite de velocidad el radar no debería multarte. Y si lo hace, puedes reclamar, aludiendo a los márgenes de error de los radares.
Regla del 7, del 5, del 10...
Pero hay que tener cuidado, porque esta regla del 7 solo se aplica a los radares móviles. Los radares fijos, situados en cajas laterales, puentes y otros lugares, utilizan la Regla del 5 de los radares, que es igual pero aplicando un margen de 5 Km/h si vas a menos de 100 Km/h, y un 5% si vas más rápido de esa velocidad.
Los radares de tramo y los Pegasus usan la Regla del 10, con el margen de error el 10%.
Como hemos dicho, estos márgenes a veces cambian según el año o cuando se modernizan los radares. Los que mencionamos en este artículo sirven para 2019, pero acuérdate de revisarlos cada año.
Si recibes una multa y compruebas que la velocidad a la que te pillaron está dentro de los márgenes de error, puedes reclamar. Con suerte, la anularán.